Y cuando el hombre se convirtió en ciudadano se puso a mirar a su alrededor. Comenzó a emular y a la comodidad de exigir cosas materiales. Se olvidó de mirar en su interior y de puro simulador y, por qué no decirlo, de puro necio, olvidó también mirar al interior de la ley. Y, ¡ay!, le habían quitado la ley y en su lugar había un caballo de Troya para él.
El legislador siempre ha de ir a remolque de la sociedad. Reaccionando a demandas y a los cambios de criterio que operan en la sociedad. Ese es el origen de la ley que obedece al derecho natural. Si no es así, el origen de la ley es espurio y el genoma que esa ley lleva en su interior también. Un genoma vírico y contagioso.
El ciudadano en su bondad, sabe y dice que hay que cumplir las leyes. ”Las leyes están para cumplirlas”, y eso es cierto y necesario para la vida en común, pero el ciudadano está pensando en un origen correcto de la ley. Una ley que tiene su origen en la sociedad y en una justicia que emana de la ley. Y esto es fundamental ya que con ese proceso se está incorporando el código de conducta definido por el sentir social. Por los valores y los estándares que son comúnmente aceptados por una sociedad. Cuando no se respeta ese camino y el origen de una ley no sigue su camino natural, lo más posible es que en su interior vaya escondido un código de conducta que no sea el nuestro. Y no lo debemos aceptar.
Reputamos sin ambages como malas las leyes que tienen su origen en regímenes dictatoriales, comunistas y no democráticos. Luchamos por su derogación. Luego, estamos dando una importancia singular al origen de las leyes y aceptando que el origen afecta a su interior. Pero no miramos si nuestras leyes han seguido el camino correcto en su gestación o si por el contrario, llevan un vicio oculto en su interior, por obedecer su promulgación no a una demanda social, sino a un interés particular.
El número excesivo de normas no mejora la convivencia social. Hace más fácil el número de incumplimientos y la utilización de dichos “falsos” incumplimiento como medida de opresión. Muchas de las normas existentes en la actual inflación legislativa carecen de un origen racional y no sabemos a qué código de conducta obedecen. Para tratar de atisbar en el interior de una ley, yo recomiendo siempre un análisis detallado de su exposición de motivos y un análisis comparativo del mismo con la realidad social.
El ordenamiento jurídico ha de ser un reflejo de ese código moral, de ese código de conducta aceptable y aceptado. Lo contrario puede dar lugar a situaciones tan absurdas como que se condene al historiador veraz y se premie la difusión de la mentira. Que se tenga por socialmente dañino al periodista probo y veraz, y por ejemplar a aquel otro que es fácil de sobornar.
Un origen bastardo de una ley y un grupo de periodistas sin nociones de deontología profesional, son suficientes para introducir un caballo de Troya en tu sociedad, de forma que cuando quieras reaccionar el código de valores y conducta social ha sido modificado. Luego habrá que ver si cada uno tiene el valor, o no, para no escudarse en el cumplimiento de la ley y seguir mantenido una actuación acorde con su propia valoración. Es decir, me podrán encarcelar, pero no me podrán obligar a robar. Me podrán imponer prohibiciones, pero no dejaré de actuar con “la diligencia de un buen padre de familia”.
Desde los tiempos del Padre Mariana (SXVI) hemos aceptado como parte de nuestros valores que “no son del rey (del gobierno) los bienes de sus vasallos”. No se percibe como demanda social, como propuesta de la sociedad, ninguna aspiración de cambiar ese criterio. Cualquier norma que lleve al absurdo, por ejemplo, de calificar al propietario de un negocio de parásito social, y a un usurpador de la propiedad como un ciudadano ejemplar, puede no ser obedecida
por no responder a una ética que proviene del cuerpo social.
Desde luego, que es ejemplar, el cumplimiento estricto de la ley. Por ese mismo motivo, debe ser ejemplar el procedimiento de generación de una ley. Una ley, no debe tener por objeto la modificación arbitraria del código de actuación personal. Y si lo tiene, lo honrado y honesto es mantener un espíritu crítico y dudar de su legalidad y obligatoriedad. Esto ya lo planteó el mencionado Padre Mariana.
El ordenamiento jurídico ha de tener una doble función como parte esencial del estado. Por una lado, la de dotar a la nación de una arquitectura jurídica que le defienda de los abusos del gobierno. Romper, forzar, quebrar esa arquitectura jurídica sería un golpe de estado. Y por otro, como compilación del esquema de valores y código ético que tiene una sociedad para convivir. Ese código de conducta social, sólo puede ser cambiado por la propia sociedad.
!Fantástico artículo!
Buena explicación de lo que es el Derecho Natural