Vamos hoy a por otro tema de calado político, que con leves matices diferencia a liberales y conservadores. Vamos a exponerlos.
Como ya establecí en mi serie de artículos Liberalismo y Libre circulación de personas, un liberalismo basado en la propiedad y en la no iniciación de violencia es incompatible con la libre circulación, al menos internacional, de personas.
Por ello y de partida, tanto conservadores y liberales, estarán en principio en contra de la inmigración ilegal, como lo están del allanamiento.
La diferencia vendría, por tanto, en el tratamiento que se da a la inmigración legal. El conservador, en general va a admitir algo de inmigración legal, normalmente estaba condicionada a exigencias puntuales de mano de obra en picos de producción intensiva, como por ejemplo en las campañas de recogida de bienes hortofrutícolas (el ejemplo más típico es el de la vendimia). Pero actualmente, quizá por la fuerte presión mediática, un conservador medio aceptará al inmigrante que tengan un contrato de trabajo bajo el brazo como condición, al menos, necesaria. La condición suficiente, la idoneidad del inmigrante para la nación.
Y aquí se establece una diferencia curiosa: en términos generales, el conservador será más proclive a aceptar inmigrantes de habla española y cultura católica que de otras regiones del mundo. Ni siquiera se les podría acusar de jugar con el parámetro de la “raza”, un moldavo rubio de ojos azules lo tendría más complicado que un ecuatoriano medio, y de hecho así lo refleja, en cierta medida, la legislación española referente al trato diferenciado por razón de origen en los procedimientos de nacionalización.
En definitiva, el conservador va a admitir un mínimo de inmigración, eso sí, atendiendo a una serie de condicionantes esencialmente subjetivos.
En cambio, el planteamiento liberal es radicalmente distinto. El liberal considerará, en última instancia, que el territorio nacional es básicamente una propiedad privada. Con zonas comunes y privativas, pero que su tratamiento a gran escala no sería distinto al de cualquier comunidad de vecinos en pequeña. El Estado, como el administrador de fincas, no es quien para decidir si admite o no admite transeúntes por la propiedad. Sólo estarían autorizados para transitar la propiedad los propietarios (o inquilinos) y sus invitados, y en la medida en que estos últimos serían responsabilidad última de algún ciudadano, asimilables únicamente a su propiedad. Tener un contrato de trabajo sería el equivalente a una invitación, por lo que, como en el caso conservador de la vendimia, el tránsito de trabajadores sería posible. Pero ahí quedaría la cosa.
Algo parecido con el turismo, siendo los turistas invitados en última instancia de los establecimientos hoteleros.
La estancia prolongada en el país no otorgaría derecho a la nacionalidad alguno, y en el momento en que la invitación cesase, el invitado/temporero/turista deberá abandonar inmediatamente el país.
Seré más preciso con un ejemplo: una pareja en la que uno de los miembros fuese extranjero, otorgaría a éste derecho a transitar por el territorio nacional en tanto en cuanto la otra lo avalase, sea de forma tácita o quede reflejado en contrato matrimonial. En el momento que la pareja se rompiese, de nuevo sería como un extraño en los pasillos de un bloque de viviendas. Lo que, por cierto, es situación relativamente frecuente en muchas naciones del mundo, en las que el matrimonio no otorga nacionalidad.
Quedaría establecer qué pasa con aquellos extranjeros que quisieran adquirir propiedades en el territorio nacional, pero en muchos aspectos, el debate dentro del ámbito liberal está totalmente abierto. Desde figuras como en el derecho a adquisición preferente por razón de vecindad o familiaridad, del derecho consuetudinario, se puede argumentar que el extranjero podría tener derecho a adquirir propiedades en un país pero que eso no le otorgaría la ciudadanía o en última instancia la nacionalidad, como de hecho pasa en España.
No hay cuotas para cada país, no hay nacionalidades o culturas de acceso preferente, no hay ciudadanía por propiedad, no hay nada. En última instancia, la liberal es la filosofía de la “cero inmigración”. Curioso, ¿no?
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