Análisis del impuesto sobre sucesiones
Cuando se analiza el Impuesto sobre Sucesiones (IsS) en la Unión Europea encontramos cuatro situaciones:
[list] [list_item icon=»ss-tag»]No existe (en Portugal, Suecia y Austria)[/list_item] [list_item icon=»ss-tag»]Hay una exención total para familiares directos (en Francia y Bulgaria)[/list_item] [list_item icon=»ss-tag»]Hay reducciones generosas (en Alemania, Italia y Holanda)[/list_item] [list_item icon=»ss-tag»]Tienen tipos bajos (en Luxemburgo y Polonia)[/list_item] [/list]España también en esto es diferente.
Los tipos de la norma española
La norma estatal establece tipos elevados y reducidas bonificaciones, con un recargo según cuál sea el patrimonio del heredero.
La situación varía mucho entre las distintas autonomías, pues éstas tienen una amplia capacidad para modificar este impuesto.
En el informe que el economista Diego Barceló ha presentado recientemente en Gijón, se hace una comparación del IsS de Asturias con la situación del mismo impuesto en Galicia, Cantabria y Madrid, que nos permite ver de manera clara el “sadismo fiscal” al que son sometidos los asturianos por el gobierno del Principado.
Ejemplos del impuesto sobre sucesiones
Comparación entre Asturias y Galicia
Por ejemplo, mientras los hijos y descendientes menores de edad pueden reducir su base liquidable en hasta 47.859 euros en Asturias, en Cantabria esa reducción es del triple y en Galicia llega hasta 1,5 millones de euros.
Cuando el heredero es un ascendiente, cónyuge o descendiente mayor de edad, la reducción de la base liquidable es de 15.957 euros en Asturias, pero es de 50.000 euros en Cantabria y alcanza un máximo de 900.000 euros en Galicia.
En general, la vivienda habitual forma el grueso de la herencia.
En Asturias, la reducción de la base por vivienda habitual es de hasta 122.600 euros, con la obligación de no venderla durante 10 años.
En Galicia, dicha reducción es de hasta 600.000 euros mientras que en Cantabria es del 99% del valor de la vivienda.
En ambas comunidades, el requisito es no vender el inmueble en 5 años.
Una vez calculada la liquidación del IsS, las autonomías pueden aplicar una bonificación de la cuota a pagar.
La bonificación de la comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid, que solo tiene las reducciones que marca la ley nacional, compensa ese hecho con una bonificación del 99% de la cuota para cónyuges, ascendientes y descendientes.
Cantabria, además de otorgar reducciones más generosas que la ley nacional, también bonifica un 99% de la cuota resultante.
En Galicia, la bonificación del 99% de la cuota solo se aplica a los descendientes menores de edad, pero eso no suele ser un problema gracias a las elevadas reducciones.
¿Y en Asturias?
No hay bonificación para los descendientes menores de edad, pero sí hay una del 100% para cónyuges, ascendientes y descendientes mayores de edad.
Sin embargo, su aplicación depende de dos condiciones: que la base liquidable sea menor a 150.000 euros y que el heredero tenga un patrimonio inferior a 402.700 euros.
El primero de esos requisitos hace que, en la práctica, esa bonificación se aplique a pocos casos.
Comparación de las herencias entre Asturias y otras comunidades
El resultado de todo lo anterior para el caso típico (herederos mayores de edad que son hijos del fallecido) es que para herencias de hasta 150.000 euros, el coste del IsS asturiano es parecido al de las otras tres autonomías consideradas.
Para herencias mayores a esa cifra, aún cuando la misma se constituya solo por la vivienda habitual del fallecido, la factura del IsS asturiano llega a multiplicar por 200 el coste del mismo impuesto en Cantabria y por 100 el de Madrid.
En muchos casos, el coste del IsS en Galicia es nulo.
Por ejemplo, un hijo mayor de edad que hereda una casa valorada en 600.000 euros no tendría que pagar nada en Cantabria ni en Galicia.
En Madrid debería pagar 991 euros y en Asturias … ¡¡100.119 euros!!
Aún con cantidades más modestas el daño que provoca el “sadismo fiscal” del gobierno asturiano puede ser muy grande.
Si el mismo hijo del ejemplo anterior heredase 151.000 euros en cuentas bancarias, debería abonar 126 euros en Cantabria y 184 en Madrid.
En Galicia, tampoco en este caso debería pagar nada.
El caso de Asturias
Una vez más, el caso asturiano es el más sangrante, con un pago de 18.453 euros.
Que una persona deba pagar miles de euros por el Impuesto sobre Sucesiones si vive en Castropol, pero si vive en Ribadeo, al otro lado de la ría, no tenga que pagar nada, es algo injusto y arbitrario.
Los asturianos tenemos que decir con claridad a los políticos que ese impuesto debe ser suprimido, porque la situación actual, se mire por donde se mire, se parece bastante a un atraco.
Por eso hay asturianos que, para morir, prefieren ser madrileños.
PABLO PORTILLA
Especialista Universitario en Dinero y Banca por la UNED y Asesor Financiero y de Productos de Inversión por la ESCA. Articulista ocasional en la prensa regional asturiana, es además Experto Universitario en Heráldica, Genealogía y Nobiliaria y autor de varias biografías para el Diccionario Biográfico Español de la Real Academia de la Historia.
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